ABOGADOS EXPERTOS EN DERECHO DE LA FAMILIA

La familia es el núcleo fundamental de la sociedad y esta idea la repite la ley de matrimonio civil.  Abogados de familia, es derecho de familia  un conjunto de normas que regula las relaciones de familia, ya sea entre cónyuges, hijos, hermanos, abuelos, con el fin de llegar una solución al conflicto jurídico entre las partes.  comprende entre estas materias las siguientes situaciones: 

DIVORCIO MUTUO ACUERDO:

Procede cuando los cónyuges de común acuerdo sienten que su matrimonio no tiene remedio. En este caso la Ley exige que haya habido un año transcurrido desde el cese de convivencia (es decir, desde la separación).

DIVORCIO UNILATERAL:

Ocurre cuando hay ruptura del vínculo matrimonial, se hace irreconciliable la vida en común y no requiere el consentimiento de ambos cónyuges. En este caso la Ley exige que haya habido tres años transcurrido desde el cese de la convivencia (es decir, desde la separación).

DIVORCIO POR CULPA:

El divorcio culposo o divorcio por culpa es aquel divorcio que se debe interponer cuando existe una violación grave de los deberes y obligaciones que impone el matrimonio por ejemplo se aplica para casos de infidelidad, o de los deberes y obligaciones para con los hijos, que torne intolerable la vida en común.

DIVORCIO CON CONPENSACION ECONOMICA:

La Compensación económica, es el derecho del cónyuge cuyo matrimonio ha terminado por divorcio, y que ha sufrido un menoscabo económico como consecuencia de su dedicación al cuidado de sus hijos o a las labores propias del hogar común, que le impidió desarrollar una actividad remunerada o lucrativa durante el matrimonio o que solo se lo permitió realizar en menor medida de lo que podía o quería, para que el otro cónyuge le compense ese menoscabo económico. Este concepto emana de lo establecido en el artículo 61 de la Nueva Ley de Matrimonio Civil.

CESE DE CONVIVENCIA:

Es un certificado que indica que la pareja ya no vive junta. Además, este certificado permite conocer cuál es la fecha precisa en que la pareja ya no convive, siendo esto último de mucha importancia para la demanda de un divorcio por cese de convivencia. Este cese de convivencia debe ser NOTIFICADO y es requisito esencial para divorciarse.

SEPARACIÓN JUDICIAL:

La separación judicial es una opción que entrega la Ley de Matrimonio Civil, y consiste en una sentencia firme dictada por un juez. Te permite pedir la suspensión de los deberes de vivir en hogar común, fidelidad y cohabitación, creándose así un nuevo estado civil, el de separados.

COBRO DE PENSION ALIMENTICIA:

Cuando una persona se encuentra obligada al pago de alimentos (ya sea porque así se determinó en un juicio de alimentos o porque se acordó ello en un proceso de mediación) y no cumple esta obligación, se puede solicitar al mismo juez o jueza de familia que ordene medidas de presión que se ejercen sobre la persona deudora para forzarla a pagar.

REBAJA O AUMENTO DE PENSION ALIMENTICIA:

Para solicitar aumento o rebaja de la pensión de alimentos decretada, debe presentarse una demanda ante los Tribunales de Familia, para que un juez aprecie los nuevos antecedentes y de acuerdo a ellos adopte una decisión en orden a establecer una rebaja o aumento según el caso

DEMANDA DE CESE DE ALIMENTOS:

En el caso de los hijos, el derecho a percibir alimentos cesa cuando cumplen la mayoría de edad (salvo que sigan estudiando) La pensión alimenticia en Chile es obligatoria hasta que cumplan 21 años. Pero si están estudiando una carrera técnica o profesional, la pensión dura hasta que cumplan 28 años. Si el hijo tiene una incapacidad que le impida trabajar o subsistir, la pensión podría ser de por vida.

JUICIOS DE RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD:

Es necesario solicitar ante un juzgado de lo familiar el reconocimiento de paternidad por parte del padre del niño que se desea sea reconocido donde se comprobara su filiación consanguínea con su progenitor, mediante la solicitud del examen de su ADN.

JUICIO DE IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD:

La legislación chilena contempla dentro de las normas del Código Civil la impugnación de paternidad, como derecho que tienen ya sea el supuesto padre o el supuesto hijo para solicitar a los tribunales de familia chilenos que se deje sin efecto una filiación.

«Los hijos también pueden impugnar una paternidad tras cumplir los 18 años, así como un tercero que acredite un interés actual, como situaciones derivadas de una herencia, por ejemplo»

MEDIDAS DE PROTECCIÓN:

La medida de protección es un procedimiento judicial circunscrito a los Tribunales de Familia u otro con competencia en dichos asuntos, cuya finalidad es interrumpir la vulneración de derecho de la cual es objeto un niño, niña o adolescente y así suspender en contacto con el agresor.

VIOLENCIA INTRAFAMILIAR:

La violencia intrafamiliar se define como “toda acción u omisión cometido en el seno de la familia por uno de sus miembros, que menoscaba la vida o la integridad física o psicológica, o incluso la libertad de otro de los miembros de la misma familia, y que causa un serio daño al desarrollo de la personalidad”.

AUTORIZACIÓN PARA SALIR DEL PAIS:

Para que un o una menor de edad pueda salir de Chile debe contar con la autorización notarial del padre o de la madre que no viaja con ellos, o de ambos padres. 

En el caso de que no sea posible obtener esa autorización notarial, por falta de contacto con la persona que debe autorizar el viaje o por no llegar a un acuerdo entre las partes, la autorización se debe solicitar al Juzgado de Familia correspondiente al domicilio del niño, niña o adolescente en un tiempo razonable antes del viaje.

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